El Pais / 13 de mayo de 2011
El Gobierno ha anunciado en el Consejo de Ministros una revisión de la  normativa sismorresistente de construcción. "Despúes de un terremoto  como el de Lorca", ha dicho el vicepresidente Alfredo Pérez Rubalcaba,  "con nueve fallecidos y decenas de miles de personas en la calle, lo  lógico es revisar  la normativa, los protocolos de construcción. Ningún  país serio dejaría de revistar todo esto". El Ejecutivo, además, ha  aprobado este viernes un Real Decreto Ley por el que se adoptan "medidas  urgentes" para reparar los "cuantiosos" daños causados por los seísmos.
Rubalcaba también ha informado que el Gobierno ha incluido en el  decreto ley de ayudas extraordinarias a Lorca la rehabilitación de su  patrimonio cultural, algo que había adelantado el presidente del  Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, unas horas antes. El jefe del  Ejecutivo también se ha comprometido a rehabilitar los edificios  públicos, las infrestructuras y las viviendas públicas. Zapatero ha  asistido esta mañana, junto a los Príncipes de Asturias, a los funerales  de cuatro de los nueve fallecidos.
Según ha dicho Rubalcaba tras  el Consejo de Ministros, responsables del Ministerio de Cultura se  encuentran desde ayer en Lorca valorando los daños ocasionados en el  patrimonio histórico-cultural de la localidad. Rubalcaba ha explicado  que Cultura ha elaborado un informe previo y en el decreto ley se ha  introducido un epígrafe, que será suscrito con la Comunidad de Murcia y  el Ayuntamiento de Lorca, para avanzar en la rehabilitación del  patrimonio cultural de la localidad, informa Servimedia.
También  el Ministerio de Industria ha dado cuenta de los daños que tiene el  Parador de Lorca, cuyas obras en marcha se han visto afectadas.  Asimismo, el Ministerio de Educación se ha puesto en contacto con la  Consejería de Educación murciana para consensuar medidas que permitan la  rehabilitación lo antes posible de los centros educativos afectados.
Medidas del decreto ley
Entre  las medidas aprobadas hoy en el decreto ley hay ayudas a particulares  en los casos de fallecimiento y de incapacidad absoluta y permanente. Se  concederán 18.000 euros al cónyuge de la persona fallecida o persona  con análoga relación de afectividad, a los hijos menores de edad, así  como a los hijos mayores de edad que dependan económicamente del  fallecido. Se concederá la misma cantidad en el supuesto de incapacidad  absoluta y permanente, siendo el beneficiario de la ayuda la persona  declarada en dicha situación.
También se han aprobado ayudas a  particulares por alquileres de vivienda. Cuando la vivienda habitual  haya resultado totalmente destruida o, debido al mal estado en que  hubiera quedado, haya sido precisa su demolición, a sus ocupantes, si  son propietarios, se les financiará el alquiler de una vivienda y, si se  encontraban en régimen de alquiler, se les abonará la diferencia entre  el anterior y el nuevo alquiler.
Asimismo, en el caso de que la  reparación de la vivienda siniestrada exija su desalojo, también se  financiarán los alquileres correspondientes, tanto si son propietarios  como si son arrendatarios. El tope máximo para las ayudas por alquiler  se ha fijado en 6.671,70 euros al año.
La financiación de estas  ayudas corresponderá al Ministerio del Interior, a través de la  Dirección General de Protección Civil y Emergencias, el cual abonará el  50% de las ayudas a particulares por alquileres; el 50% restante  corresponderá, en su caso, a las otras administraciones públicas  implicadas, según los acuerdos que ellas alcancen.
Se incluyen  beneficios fiscales, como exenciones en el Impuesto sobre Bienes  Inmuebles en viviendas, locales de trabajo y similares, afectados, o  reducciones en el Impuesto de Actividades Económicas a las industrias y  establecimientos comerciales.
Las empresas y los trabajadores por  cuenta propia obtendrán una moratoria de un año en el pago de las cuotas  de la Seguridad Social, correspondientes a los tres meses naturales  inmediatamente anteriores a la producción del seísmo.
Con carácter  excepcional, se anticipa al día 1 de junio de 2011 el abono de la paga  extraordinaria, correspondiente al período diciembre de 2010 a mayo de  2011, a los pensionistas del Sistema de la Seguridad Social en sus  modalidades contributiva y no contributiva residentes en el municipio de  Lorca.
Tomado de: http://www.elpais.com/articulo/espana/Gobierno/anuncia/revision/normativa/construccion/terremoto/Lorca/elpepuesp/20110513elpepunac_6/Tes